
FAPA 9 D'OCTUBRE
Plan de revisión urgente estructuras educativas
Estimados compañeros y compañeras:
Como habréis podido conocer a través de diversos medios de comunicación, el pasado viernes 11 de enero, tras el desplome del suelo de un aula de 4º de primaria del CEIP Hispanidad de Santa Pola, nueve alumn@s y una profesora resultaron heridos.
Ante este lamentable hecho, la Conselleria de Educación anuncia un plan de revisión urgente de las estructuras de todos los colegios, del que nos encontramos recabando información algo más precisa.
Las noticias de las que disponemos al respecto hasta ahora son las que han aparecido en diversos medios de comunicación y el comunicado oficial de la Generalitat (adjunto), que os enviamos tras recibir consultas por parte de muchas APAs.
GENERALITAT VALENCIANA
Educación priorizará las revisiones de los centros educativos con más de cuarenta años de antigüedad para verificar su estado
Independientemente de este plan y de las acciones que ahora puedan emprenderse desde la administración educativa en sus ámbitos local, provincial o autonómico, desde la FAPA 9 d'Octubre os recordamos algunos aspectos recogidos en la normativa vigente que pueden resultaros de utilidad para activar procesos de vigilancia en la conservación de instalaciones educativas.
Si habéis detectado en vuestros centros cuestiones que pueden afectar la seguridad del alumnado, os aconsejamos promováis desde el consejo escolar su renovación urgente, o bien a instancias de la propia APA.
La normativa que respalda este proceso es la siguiente:
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE) (http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-7899)
- Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar.
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: (…)
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
(…)
3. Los centros docentes públicos podrán obtener recursos complementarios, previa aprobación del Consejo Escolar, en los términos que establezcan las Administraciones educativas, dentro de los límites que la normativa vigente establece. Estos recursos no podrán provenir de las actividades llevadas a cabo por las asociaciones de padres y de alumnos en cumplimiento de sus fines y deberán ser aplicados a sus gastos, de acuerdo con lo que las Administraciones educativas establezcan.
REGLAMENTOS ORGÁNICOS DE CENTROS (ROCs)
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA (DECRETO 233/1997) (http://www.docv.gva.es/datos/1997/09/08/pdf/1997_10024.pdf)
El consejo escolar del centro tendrá las atribuciones que legalmente le correspondan y específicamente las siguientes:
(…)
10. Promover la renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar, así como vigilar su conservación.
La junta directiva de la asociación de padres y madres de alumnos del centro, como órgano de la entidad para la participación y colaboración en el funcionamiento del centro, podrá:
(…)
2. Informar al consejo escolar de aquellos aspectos del funcionamiento del centro que considere oportuno.
(…)
5. Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
EDUCACIÓN SECUNDARIA (DECRETO 234/1997) (http://www.docv.gva.es/datos/1997/09/08/pdf/1997_10025.pdf)
El consejo escolar del instituto tendrá las atribuciones que legalmente le correspondan y específicamente las siguientes:
(…)
10. Promover la renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar, así como vigilar su conservación.
La junta directiva de la asociación de padres y madres de alumnos del centro, como órgano de la entidad para la participación y colaboración en el funcionamiento del centro, podrá:
(…)
2. Informar al consejo escolar de aquellos aspectos del funcionamiento del centro que considere oportuno.
(…)
5. Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
La FAPA 9 d'Octubre de Valencia trasladará ante las instancias educativas correspondientes y realizará un seguimiento de todas aquellas solicitudes de renovación de instalaciones educativas, por lo que si vuestro consejo escolar o a instancias de vuestra APA se ha producido comunicación al respecto, podéis enviárnosla por correo postal o electrónico para su tramitación.
Saludos cordiales
Saludos cordiales